https://ssl4.gipuzkoa.net/euskera/gao/2002/01/16/e0200275.htm
En Pleno celebrado el 25 de marzo del 2002 la Corporación Municipal acordó la MODIFICACION DEl ARTICULO 17 DEL REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL CEMENTERIO DE ZIZURKIL. Archivo adjunto.
Aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal para el cierre de balcones o modificaciones de las fachadas en general:
MODIFICACION, SI PROCEDE, DE UN ARTICULO DEL REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL CEMENTERIO DE ZIZURKIL.
En Pleno celebrado el día 5 de Noviembre de 2.001 la Corporación aprobó el Reglamento de funcionamiento interno del cementerio de Zizurkil.
La actual redacción del artículo 17 de dicho Reglamento puede dar origen a interpretaciones varias y generar confusión a la hora de su aplicación. A fin de subsanar este defecto, se presenta una propuesta para modificar el horario de los enterramientos, que a partir de su aprobación, sería el siguiente:
“El horario de enterramientos será:
- Los días laborables (de lunes a viernes): de 9,00 a 13,00 horas y de 16,00 a 20,45 horas.
- Los sábados será posible realizar enterramientos, entre las 9,00 y las 13,00 horas, siempre y cuando se solicite el mismo, por escrito, al Ayuntamiento antes de las 13,00 horas del viernes.
- Los días festivos y los Domingos no se realizarán enterramientos.”
A la vista de la propuesta presentada, la Corporación, por unanimidad, acuerda aprobar la misma, modificando así el horario de enterramientos del artículo 17 de Reglamento de funcionamiento interno del Cementerio de Zizurkil.